¿Comprar o alquilar? Para muchos, vivir de alquiler presenta una serie de ventajas respecto a la propiedad de una vivienda. La principal tiene que ver con el aspecto económico: olvidarse de la hipoteca y los elevados gastos asociados (préstamo, transacción, impuestos, etc.). Pero, además, arrendar una casa proporciona, por lo general, una mayor libertad para cambiar de residencia; la rebaja los tiempos para entrar a vivir en un inmueble así como unos costes de mantenimiento sensiblemente menores.
Una vez elegida esta alternativa, a la hora de habitar un inmueble alquilado... ¿necesito un seguro para el hogar? Si bien no es obligatorio para el inquilino (a diferencia del propietario, que tiene la obligación únicamente de asegurar su casa con una póliza que cubra el continente y la responsabilidad civil si dispone de una hipoteca), sí que se trata de una opción muy aconsejable, totalmente recomendable, para ganar en seguridad y tranquilidad extra ante diversos imprevistos que puedan surgir de nuestra condición como arrendatarios.
Si vives de alquiler, la gama de seguros de hogar de Santalucía tiene en cuenta tus necesidades específicas como arrendatario de una vivienda, permitiéndote beneficiarte de las coberturas que hayas contratado en tu póliza de hogar. Tienes a tu disposición las Garantías para Arrendatario que incluye Protección Jurídica y Responsabilidad Civil por daños a la vivienda alquilada, soluciones para que te sientas más seguro en cualquier situación.
Protección Jurídica del arrendatario
- Asesoramiento legal especializado, con asistencia letrada telefónica por parte de un equipo de abogados expertos en diferentes disciplinas del ámbito jurídico. Se exceptúan aquellas dudas, consultas y problemas que versen sobre la aplicación de Derecho extranjero.
- Reclamación por vía judicial o amistosa de los daños materiales a los bienes asegurados propiedad del arrendatario.
- Defensa y reclamación amistosa y judicial al arrendador por cualquier conflicto derivado del contrato de arrendamiento de la vivienda, exceptuando los procedimientos de desahucio por impago.
Responsabilidad Civil por daños a la vivienda
- Pago de indemnizaciones a los perjudicados o a sus derechohabientes.
- Defensa del asegurado incluso frente a reclamaciones infundadas.
- Pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales.
- Constitución de las fianzas judiciales exigidas al asegurado para garantizar su responsabilidad civil.